Recordamos que, habiendo vencido el plazo de 30 días de la notificación – Art. 59° de la Ley 9005 -, los aportes mínimos y las cédulas de incumplimiento de los aportes s/ Ley 9005 correspondientes al 2º semestre de 2023 se abonan al valor del JUS al momento del efectivo pago.