Interés Actuarial aplicable a deuda en Jus

A fin de enfrentar de manera integral el problema generado por la falta de pago de los aportes obligatorios, el Directorio de Caja Forense resolvió establecer, por medio de la Resolución 3395, intereses para el cobro de deudas.

Luego de sucesivas reuniones, las autoridades decidieron aplicar criterios protectorios de los fondos de la Caja teniendo en cuenta los resultados de las proyecciones actuariales para atenuar los efectos de la situación económico financiera actual.

Ante este panorama, el 28 de junio se determinó que a las sumas adeudadas en concepto de aportes obligatorios a la ley 9005 determinadas en jus previsional, una vez vencida la notificación semestral se le aplicarán intereses por mora desde el primer día posterior al cierre del semestre en que se originó la deuda y hasta el día de efectivo pago.

Las tasas de interés previstas representarán el 6% (seis por ciento) anual.